8097053_ml_internaSi alguna vez se ha hecho preguntado: ¿Es posible heredar deudas? Sin tener una respuesta, Saber Más, Ser Más la resuelve por usted. A continuación podrá enterarse de lo que sucede con las deudas después de la muerte.

Algunas personas asegurarán que NO se heredan, incluso, que se borran; mientras que otras convencerán a sus conocidos de que, por el contrario, las heredan los familiares. Para que despeje su confusión, le contamos qué tan cierto es lo que ha escuchado.

Como regla general se heredan los derechos y obligaciones que constituyeron el patrimonio de la persona fallecida, por lo cual la calidad de deudor se traslada una vez surtido el proceso de sucesión a los herederos.

No obstante, cuando una entidad financiera le concede un crédito o le entrega una tarjeta de crédito, le ofrece un seguro de vida, que tiene un costo adicional y en algunos casos es obligatorio por disposición legal, con el fin de poder saldar la deuda en caso de que usted fallezca, siempre y cuando el pago de la póliza esté al día.

Ahora bien, exista una excepción a la regla, creando la posibilidad de que las deudas no afecten el patrimonio del heredero; el beneficio de inventario.

 

¿En qué consiste el beneficio de inventario?

Conforme a lo consagrado en el artículo 1304 del Código Civil, es posible que la herencia sea aceptada con beneficio de inventario, figura jurídica que consiste en el pago de los pasivos del causante hasta concurrencia del monto de los activos de la masa sucesoral, sin que los herederos deban responder por las obligaciones del causante en caso de ser insuficientes estos bienes. Este beneficio debe manifestarse al momento de ser aceptada la herencia.

 

Ejemplo:

Juan es dueño de un apartamento y recibe la triste noticia del fallecimiento de su padre. En el proceso de sucesión se entera que su padre le ha dejado una herencia por un valor de $100.000.000 en activos (propiedades, efectivo, derechos fiduciarios etc), pero a su vez con $180.000.000 de pesos en deudas.

En este momento Juan tiene dos opciones, primero aceptar la herencia de manera simple, lo que implica que es sin beneficio de inventario, lo cual conlleva que tanto los $100.000.000 de activos como los $180.000.000 millones en deudas, pasan a ser suyos, y en caso de no pagar a los acreedores podrían perseguir tanto lo heredado como todo lo que es de propiedad de Juan.

El escenario dos, es que Juan acepte la herencia pero invoque el beneficio de inventario. En este caso las deudas se pagarán hasta completar el total de lo que heredó ($100.000.000) pero en ningún caso el patrimonio de Juan (su apartamento) se verá en riesgo de asumir los $80.000.000 restantes.

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